La jubilación parcial con contrato de relevo permite que un trabajador reduzca su jornada y empiece a cobrar parte de su pensión de jubilación mientras continúa trabajando.
Al mismo tiempo, la empresa incorpora a otra persona trabajadora para cubrir el puesto o parte de la jornada que deja de realizar el trabajador que se jubila parcialmente.
Es una fórmula especialmente interesante para las personas que quieren reducir progresivamente su actividad laboral antes de abandonar definitivamente el mercado de trabajo.
Pero no debe confundirse con una jubilación anticipada convencional.
En la jubilación parcial, el trabajador sigue trabajando y cobrando un salario por la parte de jornada que mantiene, mientras que percibe también una pensión de jubilación parcial por la parte correspondiente.
Cuando existe un contrato de relevo, además, la empresa contrata a otra persona para cubrir el relevo.
Desde abril de 2025 se aplica una nueva regulación que modificó aspectos importantes de esta modalidad. Entre otras cuestiones, para la jubilación parcial anticipada con contrato de relevo se exige que el contrato de la persona relevista sea indefinido y a tiempo completo, y que se mantenga durante un período mínimo determinado después de finalizar la jubilación parcial.
Por eso, si estás pensando en acogerte a esta modalidad en 2026, es importante conocer las reglas actuales y no utilizar información anterior a la reforma.
¿Qué es la jubilación parcial?
La jubilación parcial permite compatibilizar:
trabajo a tiempo parcial + pensión de jubilación.
El trabajador reduce su jornada laboral y, simultáneamente, empieza a cobrar una parte de la pensión que le corresponde.
Por ejemplo, imaginemos un trabajador que actualmente trabaja a jornada completa.
Si accede a una jubilación parcial y reduce su jornada un 50%, podría pasar a trabajar aproximadamente la mitad de su jornada y percibir, de acuerdo con las reglas aplicables, una parte de su pensión.
La cantidad exacta dependerá del porcentaje de reducción de jornada y del cálculo de la pensión.
Por tanto, no es lo mismo que jubilarse completamente.
En una jubilación ordinaria:
trabajo → termina + pensión completa.
En una jubilación parcial:
trabajo reducido + pensión parcial.
El objetivo es permitir una transición progresiva entre la vida laboral y la jubilación definitiva.
¿Qué es el contrato de relevo?
El contrato de relevo es el contrato mediante el cual la empresa incorpora a una persona trabajadora para cubrir el puesto o las funciones relacionadas con el trabajador que accede a la jubilación parcial.
La existencia del contrato de relevo adquiere especial importancia cuando la jubilación parcial se produce antes de la edad ordinaria de jubilación.
Con la regulación vigente, para la jubilación parcial anticipada debe celebrarse simultáneamente un contrato de relevo indefinido y a tiempo completo. Además, la persona relevista debe ser, con carácter general, alguien que se encuentre en situación de desempleo o que tuviera un contrato de duración determinada con la empresa.
Esto supone un cambio relevante respecto a las reglas anteriores.
¿Cómo funciona la jubilación parcial con contrato de relevo?
El funcionamiento puede resumirse en cinco pasos.
1. El trabajador cumple los requisitos
Debe alcanzar la edad y acreditar los períodos de cotización y antigüedad que exige la legislación.
2. Solicita la jubilación parcial
El trabajador debe acordar con la empresa la reducción de jornada en los términos correspondientes.
3. Se reduce la jornada
El trabajador deja de trabajar una parte de su jornada.
4. Empieza a cobrar la pensión parcial
La Seguridad Social reconoce la parte de pensión correspondiente de acuerdo con la reducción de jornada y las reglas aplicables.
5. La empresa incorpora al relevista
En los supuestos en los que la ley exige contrato de relevo, la empresa contrata a la persona relevista en las condiciones legalmente establecidas.
De esta forma se produce una transición progresiva.
¿Quién puede acceder a la jubilación parcial?
Aquí hay que diferenciar dos situaciones:
- Jubilación parcial una vez alcanzada la edad ordinaria.
- Jubilación parcial anticipada antes de la edad ordinaria.
Los requisitos no son exactamente iguales.
Jubilación parcial después de alcanzar la edad ordinaria
Una persona que ya ha alcanzado la edad ordinaria de jubilación y reúne los requisitos para causar derecho a la pensión puede acceder a la jubilación parcial reduciendo su jornada.
En este caso, la situación es diferente de la jubilación parcial anticipada.
La normativa permite el acceso a la jubilación parcial después de alcanzar la edad ordinaria sin necesidad de celebrar simultáneamente un contrato de relevo en los términos exigidos para la modalidad anticipada.
Por tanto:
Jubilación parcial anticipada → contrato de relevo.
Jubilación parcial una vez alcanzada la edad ordinaria → puede existir sin contrato de relevo.
Esta diferencia es fundamental.
Jubilación parcial anticipada con contrato de relevo
Es la modalidad que normalmente interesa más a las personas que buscan esta fórmula para reducir su jornada antes de llegar a la edad ordinaria.
Aquí sí existe un conjunto de requisitos más exigente.
Entre ellos encontramos:
- edad mínima;
- período mínimo de cotización;
- antigüedad en la empresa;
- jornada completa;
- reducción de jornada dentro de los límites legales;
- y contrato de relevo.
Además, desde la reforma aplicable desde 2025, el contrato de relevo debe cumplir nuevas condiciones.
¿Cuál es la edad mínima para la jubilación parcial anticipada?
La edad mínima no es una cifra fija que sirva para todos los trabajadores.
La regulación establece que la persona trabajadora debe encontrarse dentro de un determinado margen respecto de la edad ordinaria que le corresponda.
La normativa actual permite acceder a la jubilación parcial anticipada con una antelación de hasta tres años respecto de la edad ordinaria, siempre que se cumplan las demás condiciones.
Esto es importante porque la edad concreta depende de:
- el año en que se produce el acceso;
- los años cotizados;
- y la edad ordinaria que corresponda al trabajador.
Por tanto, no es correcto decir simplemente:
«La jubilación parcial empieza a los 62 años».
La respuesta depende de la situación concreta.
¿Cuántos años hay que cotizar?
Para la jubilación parcial anticipada se exige, con carácter general, un mínimo de 33 años de cotizaciones efectivas.
Existe una excepción para las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, para quienes el período mínimo puede ser de 25 años, conforme a las condiciones establecidas legalmente.
Además, la legislación establece reglas concretas para determinar qué períodos pueden computarse.
Por eso, tener 33 años en una estimación personal no significa necesariamente que el Instituto Nacional de la Seguridad Social vaya a reconocer exactamente ese mismo período a estos efectos.
Hay que comprobar la cotización reconocida oficialmente.
¿Es necesario llevar años trabajando en la misma empresa?
Sí.
La jubilación parcial anticipada con contrato de relevo exige, con carácter general, una antigüedad mínima de seis años en la empresa inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación parcial.
La normativa contempla reglas específicas para computar la antigüedad en determinados supuestos, como las sucesiones de empresa.
Por tanto, una persona que lleva pocos meses en su empresa actual no puede asumir que sus muchos años de cotización general son suficientes.
Hay que comprobar también la antigüedad exigida.
¿Tengo que estar trabajando a jornada completa?
Para la modalidad anticipada con contrato de relevo, la regla general exige que el trabajador esté contratado a jornada completa.
La normativa contempla determinadas situaciones de trabajadores a tiempo parcial cuyos períodos pueden equipararse cuando se cumplen las condiciones legalmente establecidas.
Pero, como regla general, la jubilación parcial anticipada está diseñada para que un trabajador que realiza una jornada completa pase a trabajar a tiempo parcial.
¿Cuánto puedo reducir mi jornada?
Este es uno de los puntos que más ha cambiado con la nueva regulación.
La reducción de jornada debe encontrarse dentro de los márgenes establecidos legalmente.
La reducción no puede elegirse libremente sin tener en cuenta la normativa.
Además, existen reglas especiales para determinados supuestos de jubilación parcial y para los primeros años de anticipación.
Por ello, antes de negociar con la empresa una reducción concreta conviene comprobar el porcentaje máximo y mínimo que corresponda en el año de acceso.
¿Puedo trabajar solo unos días a la semana?
La distribución de la jornada es una cuestión que debe analizarse con la empresa y conforme a las reglas laborales aplicables.
No debe confundirse la posibilidad de reducir la jornada con la posibilidad de concentrarla libremente.
Por ejemplo, que una persona reduzca su jornada al 50% no significa automáticamente que pueda trabajar seis meses seguidos y dejar de trabajar los seis restantes.
La distribución de la jornada debe ajustarse a la normativa y, cuando corresponda, a los acuerdos con la empresa.
Los convenios colectivos pueden establecer reglas adicionales.
¿Qué es exactamente un contrato de relevo?
Imaginemos una empresa con un trabajador de 64 años que cumple los requisitos para acceder a la jubilación parcial.
Actualmente trabaja ocho horas al día.
Si reduce su jornada, deja de realizar una parte de su trabajo.
La empresa necesita cubrir esa reducción.
Ahí aparece el contrato de relevo.
La empresa incorpora a otra persona que desempeña el puesto o funciones correspondientes conforme a las reglas del contrato.
Por tanto:
Trabajador que se jubila parcialmente → reduce jornada.
Trabajador relevista → se incorpora mediante contrato de relevo.
Los dos contratos están vinculados a la situación de jubilación parcial.
¿El contrato de relevo tiene que ser indefinido?
Para la jubilación parcial anticipada, sí: con la regulación vigente, el contrato de relevo debe ser indefinido y a tiempo completo.
Esta es una de las modificaciones importantes introducidas por la reforma que entró en vigor en 2025.
Por tanto, hay que tener mucho cuidado con artículos antiguos que todavía expliquen que el contrato de relevo puede ser temporal como regla general.
Esa información puede estar desactualizada.
¿Quién puede ser contratado como relevista?
La normativa establece que, para esta modalidad, el contrato de relevo se celebrará con una persona que:
- esté en situación de desempleo; o
- tenga un contrato de duración determinada con la empresa.
Además, deben cumplirse las condiciones relativas al puesto y a la correspondencia de las bases de cotización que establezca la legislación.
Por tanto, no se trata simplemente de contratar a cualquier persona.
La empresa debe respetar las condiciones específicas del contrato de relevo.
¿Tiene que ocupar el mismo puesto?
No necesariamente.
La nueva regulación permite que el trabajador relevista ocupe el mismo puesto o uno diferente al del trabajador que se jubila parcialmente.
Eso sí, deben respetarse las reglas relativas a la correspondencia de las bases de cotización y las demás condiciones legales.
Esto proporciona a las empresas mayor flexibilidad para organizar la sustitución.
Por ejemplo, el trabajador que se jubila parcialmente puede ser un empleado administrativo con muchos años de experiencia, mientras que el relevista puede desempeñar funciones diferentes dentro de la organización, siempre que se respeten las condiciones legales.
¿Cuánto dura el contrato de relevo?
La regulación actual establece una duración mínima especialmente importante.
El contrato de relevo debe mantenerse desde la fecha de efectos de la jubilación parcial hasta, al menos, los dos años posteriores a la extinción de la jubilación parcial.
Esto significa que la empresa no puede considerar el contrato de relevo como una sustitución temporal de corta duración.
Existe un compromiso de mantenimiento mucho más prolongado.
¿Qué pasa si el relevista deja la empresa?
La situación está regulada porque el contrato de relevo es un elemento esencial de la jubilación parcial anticipada.
Si el contrato del relevista se extingue antes de que se cumpla el período legal de mantenimiento, la empresa debe actuar conforme a las reglas de sustitución establecidas para garantizar el cumplimiento de la obligación.
Por tanto, la marcha del relevista no significa automáticamente que el trabajador jubilado parcialmente tenga que volver a trabajar a jornada completa.
La empresa debe analizar la situación y cumplir las obligaciones de sustitución que correspondan.
¿La empresa está obligada a aceptar mi jubilación parcial?
Este es un punto especialmente importante.
La jubilación parcial no debe entenderse simplemente como un derecho que el trabajador pueda activar unilateralmente en cualquier empresa y en cualquier circunstancia.
La posibilidad de acceder depende de que se cumplan los requisitos legales y, en determinados supuestos, de la relación laboral y del acuerdo o procedimiento aplicable con la empresa.
Además, el convenio colectivo puede establecer reglas específicas.
Por eso, antes de presentar una solicitud, es recomendable revisar:
- contrato de trabajo;
- convenio colectivo;
- antigüedad;
- jornada;
- edad;
- cotizaciones;
- y procedimiento interno de la empresa.
¿Cómo se calcula la pensión durante la jubilación parcial?
La persona no cobra inicialmente el 100% de la pensión.
Percibe una pensión parcial, relacionada con el porcentaje de reducción de jornada.
Por ejemplo, de forma simplificada, si una persona reduce su jornada un 50%, la pensión parcial se calcula conforme a las reglas aplicables a ese porcentaje.
Pero no debe hacerse simplemente:
«Mi pensión será de 2.000 €, reduzco un 50% y cobraré 1.000 €».
El cálculo real puede depender de las reglas específicas de la jubilación parcial, de la base reguladora, del porcentaje aplicable y de las condiciones de acceso.
Por ello, para una planificación real hay que utilizar el cálculo oficial correspondiente.
¿Sigo cotizando mientras estoy en jubilación parcial?
Sí.
La jubilación parcial no significa que la persona deje completamente de cotizar.
La normativa establece reglas específicas de cotización durante la situación de jubilación parcial.
Esto es importante porque las cotizaciones realizadas durante esta etapa pueden influir posteriormente en la jubilación plena.
Por tanto, no conviene calcular la pensión definitiva simplemente tomando la pensión parcial inicial y proyectándola hacia el futuro.
La situación puede cambiar cuando llegue la jubilación ordinaria.
¿Qué ocurre cuando termina la jubilación parcial?
Cuando llega el momento de pasar a la jubilación completa, termina la situación de jubilación parcial y se produce el acceso a la pensión completa de jubilación conforme a las reglas correspondientes.
En ese momento se vuelve a calcular o determinar la pensión teniendo en cuenta las cotizaciones y circunstancias que correspondan.
Por eso, la jubilación parcial debe verse como una fase intermedia.
El esquema sería:
Jornada completa
↓
Jubilación parcial + trabajo reducido
↓
Jubilación ordinaria completa
Ejemplo completo de jubilación parcial con contrato de relevo
Imaginemos a un trabajador de 63 años que cumple todos los requisitos legales para acceder a la jubilación parcial anticipada.
Tiene:
- más de 33 años cotizados;
- más de seis años de antigüedad en la empresa;
- contrato a jornada completa;
- y la edad necesaria según su situación.
La empresa acepta su jubilación parcial.
El trabajador reduce su jornada.
Al mismo tiempo, la empresa contrata a otra persona mediante un contrato de relevo indefinido y a tiempo completo.
El trabajador que se jubila parcialmente pasa a tener:
salario por la jornada trabajada + pensión parcial.
La persona relevista recibe:
salario correspondiente a su contrato de trabajo.
Cuando el trabajador original llega a la jubilación completa, finaliza su etapa de jubilación parcial y se aplican las reglas correspondientes a su pensión definitiva.
El contrato de relevo debe mantenerse durante el período mínimo establecido legalmente.
¿Qué ventajas tiene para el trabajador?
Desde el punto de vista del trabajador, la jubilación parcial puede permitir:
Reducir la jornada
En lugar de pasar directamente de trabajar a jornada completa a dejar de trabajar, existe una transición.
Seguir obteniendo ingresos laborales
Aunque trabaja menos horas, mantiene una parte del salario.
Cobrar parte de la pensión
Puede comenzar a recibir la parte de pensión correspondiente a su jubilación parcial.
Continuar cotizando
Sigue existiendo actividad laboral y cotización durante esta etapa, conforme a las reglas específicas.
Preparar la jubilación definitiva
Puede ser una forma progresiva de abandonar la actividad laboral.
¿Qué ventajas tiene para la empresa?
También puede tener utilidad para las empresas.
La jubilación parcial puede facilitar:
- una transición ordenada de trabajadores con muchos años de experiencia;
- la incorporación de nuevos trabajadores;
- el traspaso de conocimientos;
- la planificación de sustituciones;
- y la renovación progresiva de determinadas plantillas.
El contrato de relevo permite que la empresa incorpore a otra persona mientras el trabajador que se jubila parcialmente todavía permanece vinculado a la organización.
Esto puede facilitar el traspaso de conocimientos y experiencia.
¿Qué ventajas tiene para el trabajador relevista?
El contrato de relevo también puede servir como vía de entrada o consolidación laboral.
Con la regulación actual de la jubilación parcial anticipada, el contrato de relevo asociado debe ser indefinido y a tiempo completo.
Por tanto, para una persona que acceda mediante esta vía, puede suponer una incorporación laboral estable.
¿Jubilación parcial y jubilación anticipada son lo mismo?
No.
Esta diferencia debe quedar muy clara.
Jubilación anticipada
El trabajador deja de trabajar y empieza a cobrar la pensión antes de la edad ordinaria.
Jubilación parcial
El trabajador reduce su jornada y combina:
trabajo + pensión parcial.
Por tanto, una persona puede jubilarse parcialmente y continuar trabajando.
¿Jubilación parcial o jubilación anticipada?
No existe una respuesta universal.
Son situaciones diferentes y cada una tiene consecuencias económicas distintas.
Antes de decidir, conviene comparar:
| Aspecto | Jubilación parcial | Jubilación anticipada |
|---|---|---|
| Se sigue trabajando | Sí | No, con carácter general |
| Se cobra salario | Sí, por jornada trabajada | No por el trabajo que se abandona |
| Se cobra pensión | Parcial | Pensión anticipada |
| Contrato de relevo | Puede ser necesario en la anticipada | No corresponde como requisito general |
| Se sigue cotizando | Sí | Depende de la situación posterior |
| Transición progresiva | Sí | No |
| Reducción de pensión | Según modalidad y reglas | Aplican coeficientes reductores |
La elección debe basarse en el cálculo económico y en las circunstancias laborales de cada persona.
¿Qué ha cambiado desde 2025?
Este punto merece especial atención porque todavía existen muchas páginas con información anterior.
La reforma de 2025 modificó la regulación de la jubilación parcial anticipada.
Entre los cambios más importantes están:
1. Contrato de relevo indefinido
Ya no se trata de la regulación anterior basada en un contrato temporal como regla general.
2. Contrato a tiempo completo
La persona relevista debe ser contratada a jornada completa.
3. Mantenimiento del contrato
El contrato debe mantenerse desde la jubilación parcial hasta, al menos, los dos años posteriores a la extinción de la jubilación parcial.
4. Mayor margen para la reducción de jornada
La nueva regulación amplió las posibilidades de reducción dentro de los límites establecidos legalmente.
5. Posibilidad de que el relevista ocupe un puesto diferente
La nueva regulación permite que el puesto sea el mismo o diferente, respetando las condiciones sobre cotización.
Por tanto, si encuentras un artículo que explique la jubilación parcial con contrato de relevo utilizando exclusivamente las reglas anteriores a 2025, conviene comprobarlo antes de tomar cualquier decisión.
¿Qué ocurre con las Administraciones Públicas?
Existe una particularidad importante.
La normativa de 2026 ha establecido medidas específicas para la jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas.
En este ámbito se han establecido reglas específicas para vincular la jubilación parcial con la contratación del relevista y con la planificación de recursos humanos de la Administración.
Por ejemplo, el Real Decreto-ley 19/2026 permite que, en determinadas circunstancias, la Administración vincule la jubilación parcial a la contratación de personal laboral fijo a tiempo completo como relevista, conforme a los instrumentos de planificación correspondientes. También contempla determinadas soluciones temporales mientras se completa el proceso de selección.
Por ello, un empleado público no debería aplicar automáticamente las reglas de una empresa privada a su caso.
¿Qué debo hacer si quiero solicitar la jubilación parcial?
Si estás pensando en solicitarla, lo recomendable es seguir estos pasos.
1. Comprueba tu edad
Determina cuál es tu edad ordinaria de jubilación y qué margen de anticipación permite la jubilación parcial.
2. Comprueba tus años cotizados
Solicita tu vida laboral y revisa las cotizaciones reconocidas.
3. Comprueba tu antigüedad
Asegúrate de cumplir el requisito de antigüedad en la empresa.
4. Revisa tu jornada
Comprueba si estás contratado a jornada completa y si cumples las condiciones exigidas.
5. Consulta el convenio colectivo
Puede contener reglas específicas sobre jubilación parcial y contrato de relevo.
6. Habla con la empresa
La jubilación parcial implica una modificación importante de la relación laboral.
Hay que coordinar la reducción de jornada y, cuando corresponda, el contrato de relevo.
7. Calcula tu pensión
No te limites a saber cuánto reducirás tu jornada.
Calcula cuánto cobrarás:
salario + pensión parcial.
8. Calcula la situación futura
También debes conocer qué pensión podrías tener cuando pases a la jubilación completa.
Documentación que conviene preparar
Antes de iniciar el procedimiento, puede ser útil disponer de:
- documento de identidad;
- vida laboral;
- bases de cotización;
- contrato de trabajo;
- certificado de empresa;
- información sobre antigüedad;
- convenio colectivo;
- documentación relacionada con la jornada;
- y cualquier documentación que exija la Seguridad Social o la empresa.
La documentación exacta dependerá de la situación.
Errores frecuentes sobre la jubilación parcial
Error 1: pensar que es una jubilación completa
No.
Se sigue trabajando.
Error 2: pensar que el contrato de relevo siempre es temporal
Para la jubilación parcial anticipada, la regulación vigente exige contrato de relevo indefinido y a tiempo completo.
Error 3: pensar que puedes reducir cualquier porcentaje de jornada
La reducción está sometida a límites legales.
Error 4: pensar que basta con tener 33 años cotizados
También hay que cumplir edad, antigüedad, jornada y demás requisitos.
Error 5: no revisar la normativa actual
Las reglas cambiaron en 2025.
Error 6: confundir jubilación parcial con jubilación anticipada
En la parcial se sigue trabajando.
Error 7: no calcular la pensión definitiva
La decisión no debería basarse únicamente en cuánto cobrarás durante la jubilación parcial.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la jubilación parcial?
Es una modalidad que permite reducir la jornada de trabajo y cobrar simultáneamente una parte de la pensión de jubilación.
¿Qué es el contrato de relevo?
Es el contrato mediante el cual la empresa incorpora a una persona trabajadora para cubrir el relevo del trabajador que accede a la jubilación parcial.
¿Puedo jubilarme parcialmente antes de la edad ordinaria?
Sí, si cumples los requisitos de la jubilación parcial anticipada.
¿Cuántos años tengo que haber cotizado?
Con carácter general, para la modalidad anticipada se exigen 33 años de cotización efectiva, con la excepción prevista para determinados trabajadores con discapacidad, que pueden acceder con 25 años bajo las condiciones legales.
¿Cuántos años tengo que llevar en la empresa?
Con carácter general, se exige una antigüedad mínima de seis años inmediatamente anteriores a la jubilación parcial anticipada.
¿El contrato de relevo es indefinido?
Para la jubilación parcial anticipada, sí. Debe ser indefinido y a tiempo completo conforme a la regulación vigente.
¿El relevista tiene que hacer exactamente mi mismo trabajo?
No necesariamente. El puesto puede ser el mismo o diferente, respetando las condiciones legales sobre correspondencia de bases de cotización y demás requisitos.
¿Puedo trabajar y cobrar pensión a la vez?
Sí. Precisamente esa es la finalidad de la jubilación parcial: combinar trabajo a tiempo parcial y pensión parcial.
¿Qué ocurre cuando llego a la jubilación ordinaria?
La jubilación parcial termina y se pasa a la jubilación completa conforme a las reglas correspondientes.
¿Puedo concentrar todas las horas de trabajo?
La posibilidad de concentrar la jornada depende de las reglas legales, del convenio colectivo y del acuerdo aplicable. No debe darse por supuesto que una reducción de jornada permite acumular libremente todo el trabajo en determinados meses.
Conclusión
La jubilación parcial con contrato de relevo permite realizar una transición progresiva desde el trabajo a la jubilación.
El trabajador reduce su jornada y empieza a cobrar una parte de la pensión mientras continúa trabajando. En la modalidad anticipada, la empresa debe contratar simultáneamente a una persona relevista cumpliendo las condiciones establecidas por la legislación.
En 2026, los puntos fundamentales que hay que recordar son:
Jubilación parcial anticipada → hasta tres años antes de la edad ordinaria, cumpliendo los requisitos.
Cotización → con carácter general, 33 años de cotizaciones efectivas.
Antigüedad → con carácter general, seis años en la empresa.
Contrato de relevo → indefinido y a tiempo completo.
Relevista → desempleado o trabajador con contrato de duración determinada, con las condiciones legales.
Duración del relevo → debe mantenerse, con carácter general, hasta al menos dos años después de la extinción de la jubilación parcial.
La reforma vigente desde 2025 ha cambiado varios aspectos importantes, por lo que conviene evitar cálculos basados en artículos antiguos.
Y antes de tomar una decisión, lo más importante es hacer números: cuánto cobrarás trabajando a jornada reducida, cuánto recibirás de pensión parcial y qué pensión tendrás cuando accedas a la jubilación completa.
Para una planificación de jubilación, la jubilación parcial no debería analizarse de forma aislada. Es una pieza más dentro del cálculo completo de la pensión futura.