Modelo 100: dónde declarar los ingresos por alquiler de vivienda
Si ya sabes qué gastos puedes deducir y qué reducción te corresponde, el último paso es puramente técnico: saber exactamente en qué casilla va cada cosa dentro del Modelo 100. Esta guía funciona como un mapa de referencia rápida, para que no tengas que buscar casilla por casilla cada vez que te pierdas dentro de Renta Web.
Modelo 100 vs. Modelo 115: cuál te corresponde
Antes de nada, una aclaración que genera bastante confusión: si alquilas una vivienda a una persona física para que resida en ella, tú, como propietario particular, declaras esos ingresos en tu declaración anual de la renta, el Modelo 100, sin que exista obligación de retención trimestral. El Modelo 115 es un formulario distinto, trimestral, que se utiliza para las retenciones de arrendamientos de locales u oficinas, no de vivienda. Si lo que alquilas es una vivienda para uso residencial, el Modelo 100 es, con carácter general, el único formulario que te afecta como arrendador particular.
Dónde está dentro de Renta Web
Los rendimientos del capital inmobiliario derivados del alquiler se recogen en el Anexo C del Modelo 100 (equivalente al Apartado C, páginas 6 y 7 en la versión clásica del formulario), bajo el epígrafe de «Bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros».
Cómo se accede desde Renta Web
Dentro de la lista de inmuebles que Renta Web ya tiene precargada con tus datos catastrales, hay que abrir el desplegable de cada vivienda (identificado inicialmente en torno a la casilla 0063), indicar el porcentaje de titularidad que te corresponde sobre el inmueble, y seleccionar como tipo de uso la opción «1. Arrendamiento». A partir de ahí se despliega la pantalla completa donde se introducen todos los datos del contrato y de los importes.
Índice de casillas: dónde va cada cosa
| Concepto | Casilla aproximada | Qué se incluye |
|---|---|---|
| Identificación del inmueble | 0062 – 0075 | Referencia catastral, porcentaje de titularidad, tipo de uso |
| Ingresos íntegros del arrendamiento | 0102 | Total de rentas cobradas en el año, sin descontar gastos |
| Intereses de financiación | 0107 | Intereses de hipoteca u otros préstamos vinculados al inmueble |
| IBI y tributos no estatales | 0109 | Impuesto de bienes inmuebles, tasa de basuras |
| Seguros | 0111 | Hogar, responsabilidad civil, impago de alquiler |
| Gastos de reparación y conservación | 0113 | Mantenimiento, arreglos, sustitución de instalaciones |
| Otros gastos deducibles | 0115 | Cualquier gasto necesario sin casilla específica (gestoría, publicidad, defensa jurídica) |
| Rendimiento neto previo | Cálculo automático | Ingresos íntegros menos total de gastos deducibles |
| Reducción por alquiler de vivienda habitual | Cálculo automático | Aplica el porcentaje que corresponda (50%, 60%, 70% o 90%) sobre el rendimiento neto previo |
| Rendimiento neto reducido | Cálculo automático | Cifra final que se integra en la base imponible general |
La mayoría de estas casillas de cálculo (rendimiento neto, reducción, rendimiento neto reducido) las completa automáticamente el propio programa de Renta Web a medida que introduces los importes de ingresos y gastos; no tienes que calcularlas tú mismo salvo para comprobar que el resultado es correcto.

Caso especial: inmuebles accesorios (garaje o trastero)
Si alquilas la vivienda junto con un garaje o un trastero en el mismo contrato, sin que se distinga qué parte del precio corresponde a cada elemento, no hace falta declarar el garaje o el trastero por separado: se incluyen como inmuebles accesorios dentro del bloque principal, indicando su propia dirección, referencia catastral y clave, pero integrando su renta dentro del mismo importe global.
Caso especial: arrendamiento a un familiar
Si el inquilino es un familiar tuyo, Renta Web te pedirá que lo indiques expresamente marcando «SI» en la casilla correspondiente. Esto no es un trámite meramente informativo: cuando el arrendatario es familiar, el rendimiento de capital inmobiliario que declares nunca puede ser inferior al rendimiento mínimo computable que fije la normativa, aunque la renta real que cobres sea más baja. Es una medida para evitar alquileres artificialmente bajos entre familiares con fines fiscales, así que si es tu caso, revisa bien esta casilla antes de confirmar la declaración.
Caso especial: varias viviendas alquiladas
Si tienes más de un inmueble en alquiler, cada uno requiere su propio bloque independiente dentro del Anexo C, con su propia identificación catastral, sus propios ingresos y sus propios gastos. Si tienes tres pisos alquilados, rellenarás tres bloques distintos, sin mezclar ingresos ni gastos de uno con los de otro, ya que además algunos límites (como el de intereses y reparación limitado a los ingresos íntegros) se aplican de forma independiente para cada inmueble.
Caso especial: vivienda en copropiedad
Si el inmueble pertenece a varias personas (por ejemplo, un matrimonio en régimen de gananciales o varios hermanos que heredaron una vivienda juntos), cada copropietario declara únicamente la parte proporcional que le corresponde según su porcentaje de titularidad, tanto de los ingresos como de los gastos y de la propia amortización. Ese porcentaje se indica precisamente en el bloque de identificación del inmueble, al principio del proceso.
¿Estoy obligado a presentar la declaración si tengo un alquiler?
Con carácter general, sí: obtener rendimientos de capital inmobiliario por encima de una cifra mínima obliga a presentar la declaración, aunque tus otros ingresos (nómina, pensión) no te obligarían por sí solos. Ten en cuenta que el umbral que exime de presentar declaración por rentas inmobiliarias imputadas (las de una segunda vivienda no alquilada) es distinto del que aplica a los alquileres efectivamente cobrados, así que no des por hecho que quedas exento solo porque el importe te parezca bajo; ante la duda, es preferible presentar la declaración.
Un consejo práctico antes de confirmar
Antes de enviar la declaración, revisa que:
- Cada inmueble aparece identificado con su referencia catastral correcta.
- El tipo de uso está marcado como «Arrendamiento» y no como «A disposición del titular» (que se aplicaría si estuviera vacío) ni como cualquier otro uso.
- Los importes de ingresos coinciden exactamente con lo que consta en tu contrato y en los justificantes de pago del año.
- La reducción aplicada por el programa corresponde realmente al tramo que te toca (50%, 60%, 70% o 90%), y no un porcentaje por defecto que no se ajuste a tu situación real.
Conclusión
El Modelo 100 no es especialmente complicado una vez identificas dónde va cada concepto: identificación del inmueble, ingresos íntegros en su casilla correspondiente, gastos deducibles repartidos según su naturaleza, y el cálculo automático del rendimiento neto y la reducción. Los casos especiales —inmuebles accesorios, alquiler a familiares, varias viviendas o copropiedad— son los que más suelen generar dudas, así que revísalos con calma si tu situación encaja en alguno de ellos antes de dar por buena la declaración.